DERECHOS DE LOS PACIENTES

 

- Derecho a la información oportuna y comprensible de su estado de salud.

Toda persona tiene derecho a que su prestador institucional le proporciones información suficiente, oportuna, veraz y comprensible, sea en forma visual, verbal o por escrito.

 

- Derecho a un trato digno, respetando su privacidad.

La legislación señala que todo paciente tiene derecho a recibir "un trato digno y respetuoso en todo momento y en cualquier circunstancia"

 

- Derecho a ser llamado por su nombre y con amabilidad.

El paciente tiene derecho a ser llamado por su nombre en todo momento y con la amabilidad que  todo ser humano merece.

 

- Derecho a recibir una atención de salud de calidad y segura, según protocolos establecidos.

 

- Derecho a ser informados de los costos de atención.

Los prestadores tienen la obligación de informar de los costos de la atención requerida cada vez que el paciente lo solicite.

- No ser grabado ni fotografiado con fines de difusión sin su permiso.

Se respetará y protegerá su vida privada y su honra, especialmente en relación con la toma de fotografias, grabaciones o filmaciones, cualquiera sea su fin o uso.

- Que su información médica no se entregue a personas no relacionadas con su atención.

- Aceptar o rechazar cualquier tratamiento y pedir el alta voluntaria.

- Recibir visitas, compañía o asistencia espiritual.

Los prestadores de salud, deberán facilitar al paciente la compañía de familiares y amigos cercanos durante su hospitalización, y si la persona lo solicita, proporcionarle consejería y asistencia religiosa y espiritual.

- Consultar o reclamar sobre la atención recibida.,

- A ser incluido en estudios clínicos, solo si lo autorización.

- Donde sea pertinente, se cuente con señaletica y facilitadores con lengua originaria.

- Que el personal de salud porte su identificación.

- Inscribir el nacimiento de su hijo en su lugar de residencia.

- Que su médico le entregue un informe de la atención recibida durante su hospitalización.

"Si una persona ve vulnerados sus derechos podrá raclamar primero ante el mismo recinto de salud donde se está atendiando, el que deberá contar con personal especialmente habilitado para este efecto y con un sistema de registro y respuesta escrita de los reclamos planteados.

Si aún así, el afectado considera que la respuesta entregada por el prestador no es satisfactoria o que no se han solucionado las irregularidades, podrá recurrir ante la "Superintendencia de salud.

 

DEBERES DE TODA PERSONA AL SOMETERSE A UNA ATENCIÓN DE SALUD.

De acuerdo a la legislación aprobada en el parlamento, los deberes de las personas en salud constituye la responsabilidad que éstas deben asumir al momento de solicitar y recibir atención de salud, entre las que se cuentan las siguientes.

- Entregar información veraz acerca de su enfermedad, identidad y dirección.

- Conocer y cumplir el reglamento interno y resguardar su información médica.

- Cuidar las instalaciones y equipamiento del recinto médico.

- Informarse sobre los horarios de atención y formas de pago.

- Tratar respetuosamente al personal de salud.

- Informarse acerca de los procedimientos de reclamo.